FORMULARIO DE COTIZACIÓN

Vuelve el correo puerta a puerta para las compras en el exterior

El titular de la AFIP, Alberto Abad, dijo que se eliminará la exigencia de llenar un formulario web y buscar el producto en la Aduana. No precisó a partir de cuándo.

Alberto Abad, el titular de la AFIP, dijo hoy que las compras en el exterior realizadas por Internet volverían a ser puerta a puerta, sin dar un plazo a partir de cuándo. Este era uno de los últimos puntos pendientes del cepo, que obligaba a los consumidores a llenar un formulario web y buscar la compra en la oficina de la Aduana en Retiro.

La novedad fue adelantada por el funcionario en la apertura del Ciclo de Actualidad Tributaria 2016 organizado hoy por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

""Si alguien quiere leer un buen libro, podrá hacerlo"", dijo hoy Abad ante los contadores, sin dar precisiones. ""Vamos a reimplantar el courier para evitar estas colas infames de gente, el servicio puerta a puerta"". Y puso como ejemplo, que la gente ""que compra un libro para alguien que está estudiando o que quiere leer un buen libro, se tiene que pasar dos horas ahí cerca del puerto, en la Aduana, para que se lo den. Una cosa kafkiana, en el peor sentido"".

Desde la quita del 35% de recargo para compras en el exterior via web anunciada a pocos días de asumir el nuevo gobierno, ya se analizaba desde la secretaría de Comercio agilizar el trámite de entrega.

Hoy se debe llenar el formulario 4550 en la página de la AFIP, completar una declaración jurada y luego retirar lo comprado en la Aduana.

La Resolución General 3579, publicada en el Boletín Oficial el 20/1/2014, estipulaba que ""los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán acceder al sitio ""web"" de la AFIP (Mis Aplicaciones Web), seleccionar el Formulario Nº4550 (Compras a proveedores del exterior) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada. La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente"".

Asimismo, señalaba que ""a efectos de confeccionar la declaración jurada, los adquirentes de las mercaderías a que se refiere el artículo anterior deberán poseer CUIT, CUIL o CDI y Clave Fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo"".

Todo este procedimiento será derogado por resolución de la AFIP que por ahora no tiene plazo. ""Estamos trabajando con el ministerio de Producción"", dijeron en el organismo luego de las palabras de Abad.

La resolución 3579 fue parte del cepo cambiario creado en 2011 para frenar la fuga de dólares. Las compras con tarjeta de crédito en sitios web del exterior (especialmente libros y ropa) fueron un furor.

Sitios como ASOS, Beauty Bay, Yoox, y la china Ali Express que ante la fiebre de pedidos argentinos, llegaron a no cobrar el envío a Buenos Aires. La inflación local y el retraso cambiario hicieron más conveniente a todo lo importado en los rubros textil y tecnología, contra los precios de los productos nacionales.

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